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Reorganización del concejo bajo la Corona castellana

Reorganización del concejo bajo la Corona castellana. Es indudable, señala Gorosábel, que para que la población que habitaba en el territorio de estos lugares se aumentase, y pudiese constituir un concejo, el rey Alfonso VIII de Castilla expidió la competente carta de privilegio. Pero tal documento no existe, ni siquiera consta su fecha; y lo que de instrumentos posteriores se deduce es que concedía el término municipal que había de tener el concejo de Oiarso, el fuero, usos, costumbres y exenciones de San Sebastián. Sí se conoce el privilegio rodado librado por su nieto el rey Fernando III en Vitoria el 20 de marzo de 1237, escrito en latín y confirmado por los prelados y grandes del reino (Arch. de Rentería). Su contexto hacer ver que el monarca confirmó a dicho concejo los fueros, usos, costumbres y exenciones que le dio el abuelo. Le concedió también por él los términos, montes, dehesas y pastos que el mismo D. Alfonso le señaló, para que los gozasen perpetuamente por juro de heredad y encargó por último a los hombres de San Sebastián que amasen y defendiesen a los de Oiarso. Por otro privilegio dado por Alfonso XI en Valladolid el 15 de junio de 1318 confirmó el anterior, y otro de su padre por el que quitó y exoneró a los habitantes de este valle de los diez y seis maravedís de la buena moneda que solían dar por San Martín de noviembre de cada año al prestamero, mandando que no les molestase sobre el particular.

Ignacio Cendoya Echániz


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