Udalak

MUNITIBAR-ARBATZEGI-GERRIKAITZ

Un ajuste de transación para evitar discordias se celebró en 25 de julio del año 1402 entre la villa de Guerricáiz, siendo alcaldes de ella Juan Pérez de Beraño y Martín Pérez de Totorica, y teniente de preboste Juan Ibáñez de Garay, y los labradores «homes buenos» de Arbácegui y algunos de Bolibar, sobre diferencias que hacía tiempo se sustentaban entre ellos, alegando los labradores referidos que por el provilegio de la fundación de la villa mencionada disfrutaban de vecindad en ella y que precisaba aclarar la situación respectiva. Por esta avenencia se establecieron doce capítulos, y en ellos se reconoció a los referidos «homes buenos» labradores la vecindad alegada y se estatuyó una hermandad de mutua defensa y apoyo. Mediante ella los gastos de las cercas, cadalsos y portales de la villa habían de soportarlos los labradores, contribuyendo como cualquier vecino del casco de la población a excepción del que fuese muy pobre, así como también en todo lo que se refiere al engrandecimiento de los privilegios de aquélla y que ésta saliese al apoyo de los labradores en caso de que los ocho maravedís anuales que cada uno de éstos pagaba anualmente a algún pariente mayor por concesión del señor y rey, fuese aumentado a tuerto por aquél; que los gastos de la guarda de los montes, así como el decidir la venta de alguno de éstos para corte de leña principalmente destinado a la fabricación de carbón para las ferrerías, fuese y se hiciese mancomunadamente por la villa a los labradores. Igual capitulación se acordó respecto de las costas causadas en los llamamientos de apellido, soldadas de alcaldes y otras cosas, concertándose, por fin, que quien quebrantare el ajuste pagaría mil reales del cuño del Rey de Castilla en pena, la mitad para la cámara real y la otra mitad para la parte que no quebrantó el acuerdo. Intervinieron en la escritura los escribanos Pero Ibáñez de Albiz y Juan Pérez de Ortúzar y el notario público y apostólico de la diócesis de Calahorra, Juan Martínez de Asutegui. (E. J. de L.) Casas solares: Munditívar, Jáuregui, Zubialdea, Zubicoa, Totorica, dos de Aldaolea, Goicolea, Garro y Bengolea. Algunas de estas casas habiéndose agregado el año 1376 a la fogueración de la villa de Guerricáiz, se desmembraron de ella en el año 1630.