Lexikoa

JUSTICIA (DERECHO)

BAJA NAVARRA. El antiguo Reino de Navarra, del cual la Baja Navarra constituye hasta 1512 la merindad de Ultrapuertos, conocía -según Destree- tres jurisdicciones: un Alcalde menor o Alcalde mercado, que juzgaba en primera instancia las causas de los plebeyos; la apelación de las sentencias pronunciadas por este Alcalde menor eran revisadas en última instancia por un Alcalde mayor. En cuanto a los nobles, no dependían más que de la Corte real, compuesta por 12 rico-hombres, es decir, los primeros nobles de entre todos y de un Alcalde de Corte. Después de la conquista de la Alta Navarra por Fernando el Católico, los soberanos navarros reorganizaron la Baja Navarra, única parcela de su antiguo reino que quedó bajo su autoridad. La dotaron de un tribunal soberano, la Chancillería de Navarra. Este tribunal, creado en 1524, tuvo como sedes hasta 1530 tanto Saint Palais como Saint-Pied-de-Port. En ese último año se establece en Saint Palais que, no obstante, tuvo que alternar con Lanceaveau y compartir de ese modo el honor de albergar a la Chancillería. En 1564 se trasladó el tribunal a Garris. Finalmente, en 1597, se fijó definitivamente en Saint Palais. La Chancillería de Saint Palais está compuesta por un presidente o vice-chanciller, 6 consejeros, un abogado general y un procurador general. A todos estos magistrados los nombraba el rey y juzgaban en última instancia todo tipo de pleitos civiles y criminales. En 1620, un edicto de octubre dispuso la unión de la Chancillería de Saint Palais con el Consejo soberano de Beam para forma un Parlamento en Pau. Los navarros se quejaron de semejante novedad y un decreto del Consejo del 27 de abril de 1621 decidió suspender la unión de la Chancillería de Navarra con el Consejo soberano de Pau; otro decreto del 30 de junio de 1622 ordenó que los oficiales de la Chancillería de Saint Palais ejercieran sus cargos en la mencionada villa de Saint Palais. A pesar de que el triunfo de los navarros redujo el Parlamento de Pau a la competencia del antiguo Consejo soberano del Beam, las intrigas de sus magistrados condujeron a un edicto de junio de 1624 y a un decreto del Consejo de 10 de diciembre del mismo año que fallaron definitivamente la fusión de la Chancillería y del Consejo soberano de Bearn en un Parlamento que se llamó de Navarra. Esto constituyó, como dice Destree, la única concesión al amor propio de los navarros. De 1624 a 1789, los navarros dependieron de una Corte soberana establecida en Pau, el Parlamento de Navarra, cuya competencia civil y criminal se extendía sobre la Baja Navarra, Zuberoa y Bearn. En un principio, el edicto de junio de 1624 creó un tribunal de Senescal en Saint Palais, para sustituir a la Chancillería. Sin embargo, este tribunal se suprimió por un decreto del Consejo del 10 de diciembre de aquel año, con el objeto de no perjudicar el establecimiento de un tribunal en Pau. Se restableció nuevamente por un edicto de junio de 1639 y esta vez el tribunal del Senescal de Saint Palais subsistirá hasta la revolución. El tribunal del Senescal está compuesto por un lugarteniente general, dos consejeros asesores, un abogado y procurador real. Entiende las apelaciones de las sentencias de todos los jueces de la Baja Navarra, excepto en materia criminal, donde habrá condenas de penas corporales que dependan de los jueces inferiores a la Audiencia del Parlamento. Sin embargo, este Senescalado que se intenta poner en el mismo plano que la antigua Chancillería que juzgaba en última instancia, no hace más que añadir un grado de jurisdicción, ya que se puede apelar al Parlamento de Navarra sentencias emitidas en segunda instancia por la Senescalía de Saint Palais. En cuanto a las sentencias de primera instancia cuyas decisiones se apelan al Senescalado de Saint Palais se presentan, desde 1512, en un conjunto bastante complejo donde los tribunales llevados por los magistrados municipales o (Jurats" (elegidos por sus comunidades), se distinguen de los tribunales de bailíos (el baile era un oficial real que administraba justicia) y de los alcaldes (oficiales reales). El Fuero de 1611 determinaba los días de audiencia de los tribunales de bailíos y de "Jurats". Los pleitos de primera instancia en Navarra que, tanto municipales como reales, entienden indiferentemente en materia civil y criminal, se enumeran de la siguiente forma hasta 1789: en primer lugar, los "Jurats" de Saint-Jean-de-Pied-Port, de Saint Palais, de Garris, de Labastide-Clairence y de Larceveau que tienen jurisdicción sobre sus respectivas villas; después los bailíos de Mixe y de Ostabaret y el alcalde de Arberoue, que se hacen representar por un lugarteniente para impartir justicia en sus circunscripciones. Nos queda entonces la castellanía de Navarra cuya organización se presenta más confusa. Los diferentes países que componen esta división (Cize, Baigorri, Osés y el grupo Irisarry-Iholdy- Armendaritz) dependen en lo criminal de los "Jurats" de Saint-Jean-de-Pied-Port, a pesar de que existen tribunales en cada una de estas regiones, pero únicamente en materia civil: son los tribunales o audiencias del alcalde de Cize, los "Jurats" del valle de Osés y las parroquias de Irisarry, Iholdy y Armendaritz. Por el contrario, los "Jurats" del valle de Baigorry no tienen ninguna clase de jurisdicción. Este valle depende en materia criminal de los "Jurats" de Saint-Jean-de-Pied-Port y en cuanto a los pleitos civiles éstos son llevados al Senescal establecido en Saint Palais porque antes de la creación del Senescalado se llevaban a la Chancillería de Navarra. En resumen, desde 1624 se estableció en la Baja Navarra un conjunto de tres órdenes de jurisdicción: tribunales inferiores, Senescalía de Saint Palais y el Parlamento de Pau, de las que únicamente las dos primeras se mostraban, como expresa Destree, a los ojos de los navarros como puramente nacionales.