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EZQUIOGA [EZKIOGA: LAS APARICIONES]

Actitud de la Iglesia. La actitud de Múgica Urrestarazu hay que enmarcarla en el contexto de las dos corrientes que dividen a la catolicidad con el advenimiento de la República en España. Baciones sobrenaturales, la segunda, por celo pastoral de no implicar a la diócesis en una posible maniobra política incontrolada, es decir, por rechazar el instrusismo golpista (Sanjurjada). Pero la condena abierta no se produce en los primeros comunicados. El 17 de octubre el vicario general declara que "no hay indicios probados de intervención sobrenatural" en el caso de la estigmatizada Ramona Olazabal. Y mientras la derecha integrista prepara con los mítines de "reafirmación católica" la ruptura de la minoría vasco-navarra (noviembre, diciembre), Múgica, tras recibir a cinco videntes en su exilio, ordena, por medio de su vicario general, la prohibición del acceso de sacerdotes a Ezkioga y encarga al conocido jesuita P. Laburu la impugnación de los milagros. El 20 de abril de 1932 el P. Laburu habla ante más de un millar de sacerdotes de la diócesis, que abarrotan el salón de actos del Seminario de Vitoria. En su impugnación, basada en las teorías psiconeurológicas coetáneas, dice obrar "a través de datos experimentales y a la luz de las ciencias médico-místicas" (sic.) (BODV, 1932, p. 260). La repercusión de esta conferencia es notable, en especial en los medios eclesiásticos vascos. En Cataluña la prensa católica reproduce la reseña que de la misma trajera "La Gaceta del Norte" aderezada de fragmentos de lectura mística y comentario de miembros del clero catalán. Y es que en Cataluña el impacto de los sucesos de Ezkioga ha sido extraordinario por un doble motivo: por incidir en la impresionabilidad popular, por una parte; por estar implicada una importante personalidad catalana, por otra: "El ressó extraordinari que han tingut a Catalunya els fets d'Ezkioga, com ens ho demostra els centenars de catalans que, desitjosos d'ésser testimonis d'aquelles manifestacions, durant aquest darrer any s'han traslladat a aquelles terres germanes, igualxnent que l'atenció especial que els nostres diaris católics havien tingut per aquells esdeveniments, i no parlem del fet que ens pertoca més de prop, d'alguna revelació rebuda perun dels principal vidents i que fou portada, personalment a una de les premieres autoritats politiques catalanes..:" (El Mati, 26 abril de 1932). El 10 de junio del siguiente año, la prohibición se extiende a la edificación de una basílica. El 7 de setiembre de 1933 llega, por fin, la condena definitiva. Múgica denuncia: "no sólo la ausencia del factor sobrenatural"... "sino la intervención de agentes que en manera alguna están movidos por el espíritu de Dios", alusión clara a la manipulación arriba indicada. Los videntes son requeridos a abstenerse de acudir a Anduaga "bajo pena de negarles la Sagrada Comunión". (BODV, 7 set. 1933, pp. 526, 528-529]. El Santo Oficio dará su aprobación a tal medida el 21 de diciembre. La decisión provoca una oleada de protestas no sólo locales sino incluso de nivel más amplio. Diversos libros y folletos publicados en Cataluña y en Francia acusan al vicario general de haber pedido al gobernador civil su intervención "desencadenando la acción de violencia gubernamental" (C. L. Boué: Merveilles et prodiges d'Ezquioga, Tarbes, 1933?], de difamar a los videntes a través de la prensa católica, de coaccionarlos y de dar instrucciones al clero para atormentar las conciencias en el confesonario. Boué llega a decir, incluso, que la autorización otorgada a Múgica para que vuelva a su diócesis se efectuó "mediando ciertas concesiones al Gobierno librepensador de Madrid", aludiendo de esta forma al affaire Ezkioga. Una circular del 9 de marzo de 1934 declara prohibidas "ipso iure" varias publicaciones de este tenor, siendo ésta la última providencia que conocemos tocante a la Iglesia.