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AÑANA

Orígenes. Sal y Fuero. No conocemos la fundación de la villa de Salinas de Añana pero podemos sostener que su origen está vinculado al descubrimiento y explotación de los manantiales de agua salada, ya que el aprovechamiento de los mismos ha sido, y sigue siendo, su principal fuente de riqueza. Es en el s. X cuando disponemos de datos históricos, no sólo acerca del aprovechamiento de sus manantiales salados, sino también acerca de la existencia de la villa. San Pedro de Cardeña, en el año 902, inicia la primera explotación salinera del cenobio en Salinas de Añana. Gonzalo Téllez y su mujer Flámula donan a Damián, abad de San Pedro de Cardeña, veintiuna eras de sal en el lugar. En 932, el 22 de junio, Ferro y su esposa Amunia donan al monasterio de Arlanza diez eras de sal y dos pozos de salmuera en Salinas de Añana. Por esta riqueza Añana empieza a polarizar la atención de tres grandes cenobios: San Pedro de Cardeña, San Pedro de Arlanza y San Millán de la Cogolla. «El conde -dice López Castillofue siempre consciente del don extraordinario que hacía a los diversos monasterios castellanos al concederles la sal, precisamente en unos momentos, en los cuales, como hemos visto, era tan grande la importancia de la sal, no sólo para el consumo directo humano, sino para la conservación y salazón de carnes y pescados, etc.». Fueron los frailes de Cardeña los primeros en implantarse en las salinas de Añana. Treinta años después de la primera donación de sal a Cardeña, Tello y Hahilo hacen una importante donación a dicho monasterio: todas sus posesiones en Añana y trece eras «cum suo puteo erga areas de Fredinando Gundissalboz comite». Cardeña obtuvo un total de treinta y cuatro eras de sal en Añana; pero, a partir de mediados del siglo décimo, retrocedió ante el empuje expansivo de las, cada vez más poderosas, comunidades de San Pedro de Arlanza y San Millán de la Cogolla, en cuyo favor realizará el conde Fernán González donaciones generosas. El 28 de enero del año 945 Fernán González dona a San Millán la cuarta parte de la villa de Salinas de Añana: tres fuentes de sal en aprovechamiento cada tres días, y el impago de la albara, impuesto sobre la sal al que más tarde dedicaremos nuestra atención. El documento lleva aneja una adición del año 948 por medio de la cual al margen del turno concedido a los tres días, el conde disponde que San Millán extraiga sal los domingos desde el alba hasta la tarde. Con motivo de la fundación de la abadía e infantado de Covarrubias, el conde García Fernández y su esposa Ava dotan a la misma y le conceden veinte eras de sal en Añana. Durante el s. XI San Pedro de Arlanza y San Millán de la Cogolla siguen siendo los propietarios más importantes. Por la agregación de San Mamés de Ura a Arlanza, éste disfrutará en Salinas de Añana, de la exención del portazgo y de la alvara; luego Santa María de Retortillo entró en dependencia de Arlanza «et in Aniana suas salinas cum suas eras et puteos, ut afferant inde salsa per unum quemque annun, quod vices voluerint, sine ullo portatico». En lo tocante a San Millán de la Cogolla, por donación del nueve de abril de 1060, obtuvo de doña Andrequina ocho eras de sal: «et in predicta Salinas octo eras salsas prefato sancto atrio deserviendas iure perpetuo». En 1075, el noble Lope Sánchez, junto a otros propios ofreció a dicho monasterio treinta eras de sal en Añana. La importancia de Cardeña dura en el s. XI. En 1072, Alfonso VI concedió a dicho monasterio la facultad perpetua de recoger sal en domingo en las salinas de Añana: «in Annana uno die pernominato dominico, ut ipsa aqua salsa abeatis per omnes dies dominicos per omnem tempore in seculorum secula». En los años finales del s. XI también vemos el ascenso de un nuevo monasterio: el de Valbanera, que en los años 1079 y 1080 adquiere seis eras de sal, dos silos y una viña en Añana. En 1081, Alfonso VI de Castilla concedió carta de ingenuidad al abad del monasterio de Santa María de Valbanera y a todos sus monjes en el lugar de Salinas de Añana, así de las eras propias como de las compradas. La apropiación por parte de estos monasterios de la mayor parte de las salinas de Añana acarrea a todo lo largo del s. X, una transformación importante en las «relaciones de propiedad sobre las salinas», en perjuicio del pequeño propietario. Este cambio en las relaciones de propiedad provocará, asimismo, otro en las relaciones de producción y los antiguos propietarios quedarían sometidos a la normativa señorial. El de Salinas de Añana es el primer fuero local conocido en Alava. Fue otorgado por el rey Alfonso I de Navarra y Aragón, que la pobló a principios del s. XII (1104). Este fuero fue confirmado después por Alfonso VII de Castilla en Castro el Real, el 12 de enero de 1140. En dicho fuero se les concede a sus habitantes el que tengan un día de semana mercado franco; el que por la sal no paguen portazgo, ni en la villa ni en otro país; los que tuviesen caballo o potro quedaban libres de alojamientos y los que fueron a poblar Añana, procedentes de Salvatierra, San Millán o Santo Domingo, siguiesen gozando el fuero de esas poblaciones. El texto pone de manifiesto, según López Castillo, la diversa procedencia y estatuto jurídico de los pobladores de Salinas, que no se funden en un único e idéntico régimen legal a pesar de su comunidad vecinal. Cita en primer lugar, a los sujetos de señorío abadengo; observamos a este respecto, que los tres lugares indicados han poseído, durante siglos, propiedades en esta villa: San Salvador de Oña, San Millán de la Cogolla y Santo Domingo de Silos. Estos continúan sometidos a la potestad señorial de sus respectivos abades, aunque disfrutan de los derechos comunes otorgados en el fuero. El resto de los pobladores, «sub iure regali semper manean et populent», es decir, quedan sometidos en todo al régimen de realengo. Tanto el fuero del Batallador como el de Alfonso VII no existen actualmente en el archivo de la villa, aunque el de este último no debió desaparecer hace mucho tiempo. Su texto se conoce por hallarse en dos confirmaciones de Alfonso XI; la primera, del 10 de agosto de 1315 y la segunda del 15 de agosto de 1329. De esta segunda confirmación disponemos también de un traslado notarial que fue sacado tres meses más tarde y cuyo texto puede cotejarse en la colección documental de la Sociedad de Estudios Vascos. [Ref. Diplomatario Salinas de Añana, doc. n.° 20 y también el n.° 24].