Kontzeptua

Policía

Delimitamos, pues, tres clases de policía:

  • a) Policía Judicial.
  • b) Policía Urbana y de Seguridad Pública.
  • c) Fuerzas de Orden Público.

Creemos necesaria la clara diferenciación orgánica de estos tres tipos de policía, la delimitación de sus funciones y la pluralidad de sus dependencias jurisdiccionales. Todo ello en beneficio de la salvaguarda de la libertad pública y de los derechos individuales, pues es característica común y propia de las dictaduras, la unificación de todas las fuerzas de la policía en un solo cuerpo obediente a una sola autoridad: el Ministerio de Seguridad. Tal es el caso de la KGB soviética que abarca la totalidad de las actividades dei poder policial, dispone incluso de cárceles propias y de unidades militares destinadas a la defensa de las fronteras. En la Alemania nazi, tras la quema del Reichtag, el ministro de Seguridad Pública, Hermann Goering, inició la escalada del terror con una medida bien concreta: la integración en la Gestapo de la policía autónoma de Berlín dependiente del Estado regional. Ni qué decir tiene que el paso siguiente fue la supresión de la autonomía de los Lander y la transformación de Alemania en un estado unitario.

Históricamente, el desarrollo de un poder judicial autónomo e independiente del poder señorial, es decir, el crecimiento y florecimiento de las villas o burgos que con el apoyo real se constituyen en una fuerza política nueva, a partir del s. XII, en toda Europa, incluida España y Euskadi, da origen a unas milicias originales, las milicias burguesas, que se oponen y distinguen de las fuerzas armadas señoriales o feudales. En las villas o burgos, nace el germen de la nueva organización judicial -en principio, tribunales de comercio, más tarde tribunales que entienden en lo civil y criminal- del que nace el derecho burgués que con el transcurso de los siglos se impone como el Derecho del conjunto de la sociedad eliminando profesionalmente la jurisdicción señorial o eclesiástica en materia de administración de justicia. De los tribunales de Justicia de las villas surgirán los primeros esbozos del personal armado dependiente de jueces y magistrados; de la organización municipal, el personal armado dependiente de los alcaldes, encargado de velar por el orden y la paz ciudadana.

Las milicias burguesas serán, en muchas y variadas ocasiones, no sólo fuerzas militares empleadas por el Rey en la guerra, sino las primeras fuerzas de orden público que, junto a las mesnadas reales, reprimirán, tanto la belicosa rebeldía de los grandes señores como ciertas rebeliones campesinas. La organización política de la naciente burguesía, contiene el germen de las modernas fuerzas de orden público, pero, será el Poder Real, a partir de la estructuración de los grandes estados renacentistas el que dará fuerza a las primeras instituciones encargadas de misiones de defensa de la propiedad y de mantenimiento del Orden Público con un sentido más político y más moderno.

Por otra parte, las guerras de religión resucitan un fenómeno medieval, el delito de pensamiento y opinión, y dan origen a un necesario correlato, su represión por parte de cuerpos especializados. Nace así la policía política. Ya en esta época se aprecia una diferenciación en el tratamiento del problema que constituirá una constante que llega hasta nuestros días. Por un lado, un criterio centralista, centrado en una sola organización que abarca el conjunto de la Monarquía: propio de Francia y España, constituye la base de Instituciones como la Santa Hermandad, la Real Gendarmería o la Policía de la Inquisición española. Por otro lado, un criterio más descentralizado y pluralista, propio de Inglaterra y de los países de inspiración anglosajona, en el que la influencia del Parlamento es decisiva. Pero serán las revoluciones liberales o burguesas continentales las que darán vida a las modernas instituciones policiales.